Todos los vehículos que integran las categorías L, M, N y O deberán tener aprobada la RTO para poder circular por la vía pública.
Categorías L
Vehículo automotor con menos de 4 ruedas (motos y triciclos)
Categorías M
Vehículo automotor que tiene por lo menos, 4 ruedas, o que tiene 3 ruedas cuando el peso máximo excede 1000 kg y es utilizado para transporte de pasajeros.
Categorías N
Vehículo automotor que tiene por lo menos 4 ruedas, o que tiene 3 ruedas con un peso máximo de 1000 kg y es utilizado para transporte de carga.
Categorías O
Acoplados (incluyendo semiacoplados), semirremolque.
Motos
A partir del primer año de antigüedad.
Vehículos de uso particular
A partir de los 3 años desde la fecha de patentamiento original, o aquellos con más de 60.000 km.
Motos
Todos los años.
Vehículos de uso particular
La revisión se realiza en el taller habilitado correspondiente a la jurisdicción donde se encuentra radicado tu automóvil.
El trámite lo puede realizar cualquier persona presentando Cédula Verde o Cédula Azul y Documento Nacional de Identidad.
Lunes a Viernes
08 a 19 hs
Sabados
08 a 13 hs